Ley Orgánica de la Universidad
Michoacana que acabe la hostilidad y el denuesto dirigido contra la comunidad
estudiantil
Eduardo Garibay Mares
Julio 31
de 2015
La historia enseña que la
reina de Francia, María Antonieta, dijo: “A falta de pan, que coman pastel”,
ante los reclamos ciudadanos, y la respuesta fue la insurrección armada; por
ello, la insurgencia de la razón debe ser la respuesta al argumento de que “a
falta de espacios en la universidad pública, que se pongan a trabajar”,
esgrimido en nuestros días ante las demandas del pueblo en México.
En
nuestro país, históricamente se han argumentado reformas universitarias al
agudizarse problemas señalados por movimientos estudiantiles, en su lucha por
salvaguardar derechos consagrados y en contra de deficiencias, lagunas e
inconstitucionalidades prevalecientes en el marco de la ley.
La
recurrencia de acogerse a reformas ha sido una de las estrategias oficiales para
justificar deficiencias y acallar las voces de quienes han exigido el
cumplimiento de lo que la ley manda a la educación pública. Por eso se ofrecen
reformas como posibilitadotas de superación de rezagos académicos, jurídicos y
administrativos, e igualmente se prometen como incluyentes de opinión y
voluntad de la comunidad universitaria que, en la práctica, jamás ha sido
tomada en cuenta.
Esto
es, que los pronunciamientos oficiales de reforma universitaria se han dado,
desde hace más de cuatro décadas, al agudizarse en las instituciones de
educación superior problemas cuyas secuelas afectan irremisiblemente al
estudiante, al egresado, a la familia, al país, lo cual ha permitido que el
incremento de problemas, a partir de la década de los años 60, amenace la
supervivencia de la educación pública, ya que la crisis se hizo crónica y
alcanza a nuestros días en este 2015.
Anunciada
de tiempo en tiempo, tampoco en la Universidad Michoacana de San Nicolás de
Hidalgo se ha concretado la susodicha reforma, y los nicolaitas seguimos
demandando se nos tome en cuenta en la propuesta que se lleve al Congreso
estatal, porque es incuestionable que nuestra Aula Máter debe ser ejemplo de apego a preceptos constitucionales,
tanto por su marco jurídico como por su cumplimiento.
Objetivos de la reforma
universitaria
Con
la reforma universitaria, planteada para lograr la transformación que enfrente
las nuevas políticas nacionales, deben sentarse también las bases para que
imperen la objetiva interpretación de la ley y el principio de equidad, que han
prevalecer en aras de la superioridad académica sobre lo jurídico, a fin de
aniquilar la interpretación subjetiva que ha impedido, en lo concerniente,
tanto la preeminencia del derecho humano y del valor académico, como el
atemperar el rigor de la norma y el salvar la deficiencia normativa.
Entretanto,
la tarea inmediata es poner fin a la subjetividad no sólo acerca de la
interpretación y aplicación la legislación vigente, que es ejemplo de
obsolescencia e imprecisión en la normatividad, sino en torno a la pretensión
de descargar sobre el alumnado la responsabilidad del logro de la excelencia
científica, técnica y metodológica.
La
reforma que llegue al Congreso estatal debe tener como objetivo lograr, entre otras cosas: cambios
en lo académico; nuevas políticas de ingreso, evaluación y titulación; procesos
actuales de enseñanza-aprendizaje; y nuevos lineamientos para bachillerato,
licenciatura y postgrado.
http://vanguardia-social.blogspot.com, blog promotor de la propuesta de Capacitación Educativa para la Asistencia
Nacional desarrollada por el Comité de Servicio Social de la Facultad de
Odontología en Michoacán, COSSFOM, a partir de 1972, y por el Comité de
Egresados y Estudiantes de Historia para la Asistencia Social, CEEHAS, desde
1997, así como de la propuesta Ley
Orgánica de la UMSNH con certidumbre jurídica y respeto de derechos
constitucionales del alumnado.
Enunciados a reformar
Despojo
de derechos que de igual manera se normó en el Reglamento de Becas, donde luego de requerir en la fracción II del
artículo 1 que, para obtener beca, es necesario “Haber aprobado todas las
materias dentro del plan anual o semestral, en alguno de los planteles de esta
Casa de Estudios, con promedio de calificaciones igual o mayor a 8 (ocho)”, con
la inmediata limitante del artículo 2 se señala que “sólo se recibirán
solicitudes que fueron presentadas durante el periodo comprendido del 2 de
septiembre al 31 de octubre de cada año”, con lo que a los alumnos que aprueban
el semestre de septiembre a febrero, se les ha privado en la universidad,
durante esos seis meses, de la beca merecida conforme a derecho.
Sin
embargo, la aplicación supletoria de lo anual a lo semestral sí es ejecutada en
perjuicio de alumnos, como se demuestra con el antes citado artículo 13 en
cuanto manda que “los alumnos del plantel podrán solicitar al Departamento
Escolar su reinscripción, llenando la solicitud correspondiente y pagando los
derechos de inscripción”, dado que al preverse para cada “año lectivo”, es el
caso que una de las condicionantes para la reinscripción es el pago de cuotas
que, previstas como anuales, se aplican cada semestre, lo cual representa una
coacción al margen de la normatividad.
No más promesas de reforma
universitaria incumplidas
Las
promesas de reforma universitaria se han dado ante la incapacidad para atender
demandas y solucionar problemas inherentes al funcionamiento interno, por parte
de algunas autoridades de instituciones públicas de educación superior en el
país.
Sabido
es que en cada proceso histórico, por lo que toca al logro de la excelencia del
proceso enseñanza-aprendizaje, sobre luchas que movimientos estudiantiles han
librado por lograr las debidas reformas de legislación universitaria, predomina
el sistema de clases dominantes que impone a su conveniencia el tipo de
educación respecto a: contenido de planes y programas de estudio, métodos de
instrucción y capacitación, procedimientos de evaluación de conocimiento,
método de selección de educandos y educadores, requisitos legales de ejercicio
profesional, y modalidades de dirección administrativa y académica.
Empero,
con reforma o sin ella, en la Universidad Michoacana debe prevalecer lo
decretado desde el 13 de marzo de 1939, en cuanto a institución de servicio
público destinada a cumplir lo que en materia educativa sustenta la
Constitución de 1917, y la particular del estado de Michoacán de Ocampo, porque
en México todo individuo ha de gozar de garantías constitucionales, que no
deben restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que
estas mismas establecen.
Dejarse de inculpar al exceso
de matrícula como problemática que amenaza a la educación pública
Fácil
es culpar a la demanda de acceso de aspirantes, a los movimientos de rechazados,
a presiones de reprobados y al exceso de matrícula, de la problemática que
amenaza a la educación pública, lo difícil es cumplir el compromiso institucional
a que el país obliga.
Por
ello, quienes tienen la responsabilidad deben hacer su tarea como servidores
públicos y dejarse de inculpar al exceso de matrícula y a las “presiones”
estudiantiles como impedimento para lograr la acreditación de escuelas o
facultades, a que el desempeño de sus cargos les obliga, ya que a la sombra de
tales argumentos se deja ver la ominosa tendencia de enfrentar a universitarios
contra aspirantes y rechazados, lo cual es una sinrazón de la que
institucionalmente habrá de rendirse cuenta, por las consecuencias que de ello
deriven.
Los
momentos vividos en ámbito universitario corroboran que la razón debe sustentar
la reforma, porque con la razón no va el insulto, el denuesto, la
discriminación, productos de la intolerancia oficial exhibida al ocurrir paros
y tomas de instalaciones universitarias.
Por
ello habrá de llamarse a cuentas a propiciadores de la guerra sucia emprendida
contra estudiantes, cuando estos procuran solución a problemas, y contra
aspirantes que defienden su derecho a la educación, ya que al estigmatizarlos
como “flojos” y “conflictivos” e inculparlos, respectivamente, del caos
institucional, alientan la confrontación violenta de universitarios y rechazados,
lo cual es abominable.
Insurgencia de la razón
contra deficiencias del sistema educativo
Porque
la lucha de la razón debe darse contra deficiencias del sistema educativo, en
cuyas instituciones acreditan sus estudios quienes aspiran a ingresar a la
Universidad Michoacana, ya que esa ha sido causa de que al encontrarse
limitados para aprobar el examen de admisión sean rechazados, lo cual implica
una flagrante violación de sus garantías constitucionales, toda vez que al no
recibir una óptima educación formal se les priva, en consecuencia, de proseguir
accediendo a instituciones de educación. Tal círculo vicioso resulta de la
imprevisión respecto al incremento poblacional por parte de las autoridades
gubernamentales y educativas, federales y estatales.
Cuestión
demográfica a la que han sumado incapacidad para superar deficiencias de la
educación pública en todos los niveles, y para resolver el problema del
desempleo en los municipios, en los estados, en el país, de ahí que el ingresar
a instituciones de educación media superior y superior es la única expectativa
que les ha ido quedando a las generaciones de mexicanos, desde hace más de 40
años, a fin de tener alguna posibilidad de acceder a mejores niveles de
bienestar social.
Recuérdese
que de la autonomía pende la vida universitaria y que ambas sobreviven, cada
vez más precariamente, al transitar cuesta abajo el camino deparado las
deficiencias del sistema educativo nacional. Por ello la historia juzgará todo
atentado a la autonomía universitaria y, por ende, contra la vida de la casa de
Hidalgo, perpetrado por la saña de quienes no sólo inculpan de la disfunción
universitaria a la comunidad estudiantil, al exigir ésta el cumplimiento de lo
que manda la ley a la educación pública, sino que incriminan de la no
acreditación de escuelas y facultades a los aspirantes rechazados, al demandar
éstos la educación a que tienen derecho; esto es, que tal atentado se lleva a
cabo con todas las agravantes, ya que ambas acusaciones se argumentan para
eludir responsabilidades inherentes a funciones y atribuciones de servidores
públicos, de instituciones educativas y gubernamentales, con lo que además de
contradecir la razón y enturbiar el diálogo, provocan condiciones tendientes a
propiciar que la intervención del Estado, en cuestiones del ámbito autónomo,
pudiese violentar nuevamente vida nicolaita.
Baste
considerar, para cesar la hostilidad y el denuesto contra la comunidad
estudiantil y los aspirantes rechazados, que estas generaciones han vivido
aprendiendo que es sólo mediante marchas, plantones, tomas y paros, que las
autoridades dan atención y respuesta favorable, la mayoría de las veces, a las
demandas de quienes así manifiestan sus reclamos.
Por la autonomía y
la democracia,
la reforma deberá incluir procedimientos de
elección democrática y establecer mecanismos para el control y la transparencia
administrativa, entre otros, puesto que la corrupción será vencida cuando
además de sujetarse a la revocación del mandato, las autoridades universitarias
también tengan entre sus obligaciones rendirle cuentas a la comunidad, que se
harán públicas por todos los medios de difusión luego de ser o no aprobadas por
el que en adelante debe ser el máximo órgano de gobierno: el Consejo
Universitario.
Conclusiones
Así
las cosas, podrá hablarse de democracia en la universidad:
-
Cuando el marco jurídico se sustente primordialmente en el respeto a los
derechos académicos, asistenciales y humanos de los estudiantes;
-
Cuando los alumnos y los aspirantes logren la debida atención y respuesta
oficial a sus demandas;
-
Cuando el gobierno universitario sea electo mediante el voto universal, directo
y secreto de toda la comunidad nicolaita; y
-
Cuando a la luz de la nueva cultura de acceso a la información el ejercicio del
poder se transparente.
Entretanto, no podrá hablarse de democracia en ámbitos
estatal y nacional, mientras la autonomía universitaria no permanezca incólume.
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Fuentes hemerográficas
* Garibay Mares,
Eduardo, “Reforma universitaria IV”, en
Cambio de Michoacán, agosto 12
de 2005.
* Garibay Mares,
Eduardo, “Creatividad por amor al arte y educación por el bien común”, en Prensa Libre, noviembre de 2014.
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