Día de la Bandera de
México, de conmemoración nacional
Eduardo
Garibay Mares
Febrero
24 de 2015
24
de febrero ¡Día de la Bandera de México! Fecha en que por todo lo alto ondea al
viento la Bandera
Nacional , por la que los poderes de los tres órdenes de gobierno
han de realizar jornadas cívicas para, junto con el pueblo, solemnemente
conmemorarla, venerarla, exaltarla, rendirle honores, y por la que también
deben transmitirse programas especiales de radio y televisión, destinados a
difundir la historia y significación de la enseña patria, conforme manda el
artículo 10 de la Ley sobre el Escudo, la
Bandera y el Himno Nacionales.
Así
se legisló en pro de la conciencia cívica de la población, porque para la
óptima vida presente y futura del país es fundamental que la formación
escolarizada se sustente en la educación de excelencia fortalecida en los
valores cívicos, que forjan a la ciudadanía consciente, capaz y autosuficiente,
así como responsable, comprometida y cumplida con el país la vio nacer: razón
por la que esta ley obliga a las autoridades educativas de la Federación, los
estados y los municipios, a disponer “que en las instituciones de enseñanza
elemental, media y superior se rindan honores a la Bandera Nacional
los lunes, al inicio de labores escolares o a una hora determinada en ese día
durante la mañana, así como al inicio y fin de cursos”, cual señala el artículo
15.
Prioridad
académico-cívica que se consagra en los enunciados: del artículo 21, en cuanto
a que los planteles educativos del país, oficiales o particulares, están
obligados a tener “una Bandera Nacional, con objeto de utilizarla en actos
cívicos y afirmar entre los alumnos el culto y respeto que a ella se le debe
profesar”; y del artículo 54, que responsabiliza a las autoridades educativas
tanto de dictar las medidas para que en todas las instituciones de educación se
profundice en la enseñanza de la historia y la significación de los Símbolos
Patrios, como de convocar y regular, dentro de las normas concernientes,
concursos nacionales sobre ellos.
Símbolo Patrio
Señalado
en el artículo 1 que la Bandera es uno de los Símbolos Patrios de los Estados
Unidos Mexicanos, en esta ley que define sus características, norma su uso y
establece los honores que deben rendírsele, es en el artículo 3 donde se
precisa que la proporción entre anchura y longitud de la Bandera Nacional
es de cuatro a siete, luego de establecer que el lábaro patrio consiste en un
rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los
colores verde, blanco y rojo, en ese orden, y que es en la franja blanca y al
centro donde se ubica el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas
partes del ancho de dicha franja.
Respecto
al Escudo Nacional, el artículo 2 define que se constituye por un águila
mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, con la parte superior de las alas
en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas, con el plumaje
de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico
natural, posada su garra izquierda sobre un florecido nopal, cuyas pencas se
ramifican a los lados, nacido en una peña que emerge de un lago, en tanto que
sujeta con la derecha y con el pico a una serpiente, y debajo, dos ramas que
forman entre ambas un semicírculo: una de encino al frente del águila y otra de
laurel al lado opuesto, unidas en medio por un listón dividido en tres franjas,
con colores que corresponden a los de la Bandera.
Del
uso y honores, el artículo 9 manda que en festividades cívicas o ceremonias
oficiales en que esté presente la Bandera Nacional , deberán rendírsele los honores
que le corresponden en términos de ley, así como el saludo civil simultáneo de
los presentes; saludo que en cumplimiento del artículo 14 se hace “en posición
de firme, colocada la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia
abajo, a la altura del corazón”. Bandera que en escuelas, templos y demás
edificios públicos, obliga el artículo 15, debe izarse en fechas de solemnidad
nacional: a toda asta, en conmemoración festiva, o a media asta, en
rememoración de duelo, en tanto que además, de acuerdo al artículo 16, se izará
diario en edificios sede de los Poderes de la Unión, en oficinas de Migración,
Aduanas, Capitanías de Puerto, aeropuertos internacionales, y representaciones
diplomáticas y consulares en el extranjero, así como en la Plaza de la
Constitución, de la Ciudad de México.
Febrero 24 Día de la Bandera,
de conmemoración nacional
El
Día de la Bandera es de conmemoración nacional, en recuerdo del día cuando en
1824 las garantías de independencia, unión y religión fueron consagradas, para
el país naciente, por el Ejército Trigarante que entonces enarboló el pendón
tricolor, precedente de la
Bandera Nacional , que es legado de nuestros héroes y símbolo
de unidad y fraternidad del pueblo de México, siempre fiel a los principios de
libertad, de igualdad, de justicia, que sustentan al país, por lo que para el
presente y futuro de México y su soberanía, resulta toral el logro de la
excelencia educativa, a la luz de la formación cívica de la niñez y la juventud
mexicanas.
Corolario
El
mandato del artículo 55 obliga: a las autoridades educativas a vigilar el
cumplimiento de esta ley en las instituciones de educación básica, media y
superior; y a la Secretaría de Gobernación a vigilar que todo se efectúe a
cabalidad y que en esta función sean sus auxiliares todas las autoridades del
país. Mandato que, sin embargo, no se cumple debidamente.
Así
lo evidencia el contexto mexicano donde las autoridades educativas igual son
mayormente omisas en cuanto a la cabal aplicación de planes y programas de
estudio, y a la preservación de la formación cívica escolarizada, favoreciendo
el incumplimiento flagrante de la ley, como se ejemplifica respecto al citado
artículo 15, garante de que en las instituciones de enseñanza se rindan honores
a la Bandera Nacional
los lunes, al inicio de labores escolares o a una hora determinada en ese día
durante la mañana, así como al inicio y fin de cursos, lo cual suele ocurrir en
instituciones de educación preescolar, primaria y secundaria, así como en
algunas de educación preparatoria, pero que no se cumple, al pie de la letra,
en instituciones de educación media y superior.
Esto
es, que en el marco conmemorativo del 24 de febrero, Día de la Bandera de
México, el exhorto de la razón, para reencauzar la vida nacional, surge en un
contexto que crecientemente se agrava porque la pérdida de formación cívica en
las instituciones de educación no tiene sustituto y se pierde irremisiblemente.
Sí,
puesto que la Bandera de México, junto con el Escudo Nacional y el Himno, es
símbolo patrio de la soberanía que salvaguardan la milicia nacional y toda la
población mexicana, que desde la niñez aprende a honrarla y, de ser preciso, a
ofrendarle la vida.
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