Día de la Bandera de
México el 24 de febrero
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Eduardo
Garibay Mares
Febrero
24 de 2018
Universitario Ejemplo
de actuales y futuras
Generaciones en la
Universidad Michoacana
De San Nicolás de Hidalgo
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24
de febrero ¡Día de la Bandera de México!
Fecha en que por todo lo alto ondea al viento la Bandera Nacional ,
por la que los poderes de los tres órdenes de gobierno han de realizar jornadas
cívicas para, junto con el pueblo, solemnemente conmemorarla, venerarla,
exaltarla, rendirle honores, y por la que también deben transmitirse programas
especiales de radio y televisión, destinados a difundir la historia y
significación de la enseña patria, conforme manda el artículo 10 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
Nacionales.
Conciencia cívica de la
población mexicana
Así
se legisló en pro de la conciencia cívica de la población, porque para la
óptima vida presente y futura del país es fundamental que la formación
escolarizada se sustente en la educación de excelencia fortalecida en los
valores cívicos, que forjan a la ciudadanía consciente, capaz y autosuficiente,
así como responsable, comprometida y cumplida con el país la vio nacer: razón
por la que esta ley obliga a las autoridades educativas de la Federación, los
estados y los municipios, a disponer “que en las instituciones de enseñanza
elemental, media y superior se rindan honores a la Bandera Nacional
los lunes, al inicio de labores escolares o a una hora determinada en ese día
durante la mañana, así como al inicio y fin de cursos”, cual señala el artículo
15.
Prioridad
académico-cívica que se consagra en los enunciados: del artículo 21, en cuanto
a que los planteles educativos del país, oficiales o particulares, están
obligados a tener “una Bandera Nacional, con objeto de utilizarla en actos
cívicos y afirmar entre los alumnos el culto y respeto que a ella se le debe
profesar”; y del artículo 54, que responsabiliza a las autoridades educativas
tanto de dictar las medidas para que en todas las instituciones de educación se
profundice en la enseñanza de la historia y la significación de los Símbolos
Patrios, como de convocar y regular, dentro de las normas concernientes,
concursos nacionales sobre ellos.
Bandera
Nacional de los
Estados Unidos Mexicanos,
a
partir del México revolucionario
e
institucional del siglo XX
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Símbolo Patrio por todo lo
alto
Señalado
en el artículo 1 que la Bandera es uno de los Símbolos Patrios de los Estados
Unidos Mexicanos, en esta ley que define sus características, norma su uso y
establece los honores que deben rendírsele, es en el artículo 3 donde se
precisa que la proporción entre anchura y longitud de la Bandera Nacional
es de cuatro a siete, luego de establecer que el lábaro patrio consiste en un
rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los
colores verde, blanco y rojo, en ese orden, y que es en la franja blanca y al
centro donde se ubica el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas
partes del ancho de dicha franja.
Escudo Nacional
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Respecto
al Escudo Nacional, el artículo 2 define que se constituye por un águila
mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, con la parte superior de las alas
en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas, con el plumaje
de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural,
posada su garra izquierda sobre un florecido nopal, cuyas pencas se ramifican a
los lados, nacido en una peña que emerge de un lago, en tanto que sujeta con la
derecha y con el pico a una serpiente, y debajo, dos ramas que forman entre
ambas un semicírculo: una de encino al frente del águila y otra de laurel al
lado opuesto, unidas en medio por un listón dividido en tres franjas, con
colores que corresponden a los de la Bandera.
Del
uso y honores, el artículo 9 manda que en festividades cívicas o ceremonias
oficiales en que esté presente la Bandera Nacional , deberán rendírsele los honores
que le corresponden en términos de ley, así como el saludo civil simultáneo de
los presentes; saludo que en cumplimiento del artículo 14 se hace “en posición
de firme, colocada la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia
abajo, a la altura del corazón”.
Bandera
que en escuelas, templos y demás edificios públicos, obliga el artículo 15,
debe izarse en fechas de solemnidad nacional: a toda asta, en conmemoración
festiva, o a media asta, en rememoración de duelo, en tanto que además, de
acuerdo al artículo 16, se izará diario en edificios sede de los Poderes de la
Unión, en oficinas de Migración, Aduanas, Capitanías de Puerto, aeropuertos
internacionales, y representaciones diplomáticas y consulares en el extranjero,
así como en la Plaza de la Constitución, de la Ciudad de México.
Cumplir la ley en pro del
presente y futuro de México
El Día de la Bandera es de fiesta nacional,
en memoria del día cuando en 1824 las garantías de independencia, unión y
religión fueron consagradas, para el país naciente, por el Ejército Trigarante
que entonces enarboló el pendón tricolor, precedente de la Bandera Nacional ,
que es legado de nuestros héroes y símbolo de unidad y fraternidad del pueblo
de México, siempre fiel a los principios de libertad, de igualdad, de justicia,
que sustentan al país, por lo que para el presente y futuro de México y su
soberanía, resulta toral el logro de la excelencia educativa, a la luz de la formación
cívica de la niñez y la juventud mexicanas; por ello el mandato del artículo 55
que obliga: a las autoridades educativas, a vigilar el cumplimiento de esta ley
en las instituciones de educación básica, media y superior; y a la Secretaría
de Gobernación, a vigilar que todo se efectúe a cabalidad y que en esta función
sean sus auxiliares todas las autoridades del país, lo cual, sin embargo, no se
cumple debidamente.
Así
lo evidencia el contexto mexicano donde las autoridades educativas igual son
mayormente omisas en cuanto a la cabal aplicación de planes y programas de
estudio, y a la preservación de la formación cívica escolarizada, favoreciendo
el incumplimiento flagrante de la ley, como se ejemplifica respecto al citado
artículo 15, garante de que en las instituciones de enseñanza se rindan honores
a la Bandera Nacional
los lunes, al inicio de labores escolares o a una hora determinada en ese día
durante la mañana, así como al inicio y fin de cursos, lo cual suele ocurrir en
instituciones de educación preescolar, primaria y secundaria, así como en
algunas de educación preparatoria, pero que no se cumple, al pie de la letra,
en instituciones de educación media y superior.
Rescatar la perdida formación
cívica en instituciones de educación
Esto
es, que en el marco conmemorativo del 24 de febrero, Día de la Bandera de México, el exhorto de la razón, para
reencauzar la vida nacional, surge en un contexto que crecientemente se agrava
por la pérdida de horas y días de clase, injustificable y lesiva a la patria, aunque
el aprendizaje pueda darse de forma autodidacta, sin la interacción
docente-estudiante dentro del proceso enseñanza-aprendizaje, como ocurre cada
vez más en la educación escolarizada mexicana, donde la pérdida de formación
cívica en las instituciones de educación no tiene sustituto y se pierde
irremisiblemente.
Sí,
porque la Bandera de México, junto con el Escudo Nacional y el Himno, es
símbolo patrio de la soberanía que salvaguarda la milicia nacional y toda la
población mexicana, que desde la niñez aprende a honrarla y, de ser preciso, a
ofrendarle la vida.
Ni
más ni menos.
Autoridades educativas igual mayormente omisas en la cabal aplicación de
planes y programas de estudio y la preservación de la formación cívica
escolarizada
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