Ley Electoral para
voto a los 18 años de edad, de Eduardo Garibay
Mares, citado en tesis de Maestría en Historia, en El Colegio de San Luis, A.
C.
Artículo Ley Electoral para voto a los 18 años de edad, de Eduardo
Garibay Mares, publicado en Cambio de
Michoacán, citado en la tesis de Maestría en Historia de Héctor Daniel
Torres Martínez, en El Colegio de San Luis, A. C.:
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“Monterrey
Rebelde 1970 - 1973. Un estudio sobre la Guerrilla Urbana,
la sedición
armada y sus representaciones colectivas”
T E S I S
Que para obtener
el grado de
Maestro en
Historia
Presenta
Héctor Daniel
Torres Martínez
San Luis Potosí,
S.L.P. Octubre,
2014
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Texto
de páginas 51 y 52, respecto a cita del artículo de Eduardo Garibay Mares:
La transición de un régimen político
autoritario a uno aperturista tuvo sus primeras repercusiones en Monterrey. Una
de las medidas que adoptó el Estado concernientes a desarrollar una mayor
participación de la juventud de México consistió en decretar la
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mayoría de edad ciudadana a los 18 años
con miras a las elecciones presidenciales que se llevaron a cabo el 5 de julio
de ese año.121
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Página 52
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Ley Electoral para voto a los 18 años de
edad
Eduardo
Garibay Mares
Cambio de Michoacán
Viernes
30 de Enero de 2009
Propicio es
recordar que la juventud de México pudo ejercer su derecho democrático de votar
a partir de los 18 años de edad, al entrar en vigencia el 29 de enero de 1970
el decreto reformador considerado legislativamente desde el 28 de octubre de
1969, antes de lo cual sólo se podía votar a los 18 años si la persona estaba
casada mediante vínculo matrimonial civil, puesto que en soltería la mayoría de
edad ciudadana se alcanzaba hasta cumplirse los 21 años.
Época
de crucial y difícil contexto del país, devenido de la década de los años 60,
en que la demanda por cambios en la democracia encabezó los reclamos políticos,
sociales y educativos de sectores comprendidos en la burguesía, en la clase
media, y en el movimiento estudiantil mexicano, cuyos enfrentamientos con
gobiernos del Estado mexicano, federal y estatales, se localizaron de inicio,
en 1963, en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, por el
conflicto violento que puso en evidencia, además de la arbitraria intervención
gubernamental en la administración académico-universitaria, la ominosa
participación de partidos políticos en la vida interna de la universidad,
mediante apoyos a profesores y respectivos grupos estudiantiles, situación
agravada cuando fue muerto el joven Everardo Rodríguez Orbe, al organizarse el
2 de octubre de 1966 un mitin en contra de alzas al servicio urbano en Morelia,
ya que el estudiantado fue dispersado a golpes y combatido con disparos de
armas de fuego.
Tiempos
de movimientos estudiantiles que, generados también antes y después
internacionalmente, igual surgieron entonces en el país en el Instituto
Politécnico Nacional, en la Universidad Autónoma de Puebla, en la Universidad
Autónoma de Nuevo León, en la Universidad Benito Juárez de Tabasco, y en la
Universidad Nacional Autónoma de México, hasta culminar en otro 2 de octubre
cruento: el de 1968 en Tlatelolco.
Ese
fue el finiquito de la era del llamado “milagro mexicano”, sustentada en el
desarrollismo capitalista, que posibilitó el crecimiento económico, aunado a la
estabilidad política gestada por el esquema gubernamental iniciado desde la
década de 1930, cuyos beneficios, al no dejar ser alcanzados por la mayoría de
la población, hicieron de la evidente injusticia social el argumento teórico
para allegarse condiciones a fin de lograr cambios democráticos, políticos,
económicos, sociales y educativos.
Sin
embargo, aquella juventud que en su soltería pudo votar a los 18 años de edad,
y que ahora frisa los 60 años, aparte de figurar en el padrón electoral y en
estadísticas de la decreciente población votante y la creciente población
abstencionista, nada ha podido hacer al ejercer su derecho ciudadano, para que
dicho cambio democrático redunde en superiores niveles de vida de los sectores
de población mayoritarios, ya que además de sufrir éstos a partir del año 1976
las consecuencias de las devaluaciones del peso frente al dólar, con incremento
nacional de pobreza y de pobreza extrema, y de seguir afectados por
deficiencias del sistema educativo oficial desde hace más de cuatro décadas, de
lo que tienen certeza es que las únicas personas beneficiadas fueron las
insertas en respectivos partidos políticos y grupos de poder, demandantes
perpetuos de holgada participación electorera, mismos que capitalizan y
usufructúan los recursos públicos que se les destinan.
Derechos ciudadanos
Así las cosas, al
recordar que fue desde el 29 de enero de 1970 que a partir de los 18 años
pueden votar, la encuesta nacional atañe a qué logros derivados de la
democracia festejan los millones de mujeres y hombres ciudadanos, de pasadas y
actuales generaciones, sujetos a una y otra legislación en materia de
elecciones, quienes por ello hoy en día integran el padrón electoral, al
constar sus nombres en el Catálogo General de Electores, conforme garantiza el
artículo 173 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:
acordado por el Congreso de la Unión el 11 de diciembre de 2007, expedido por
el titular del Poder Ejecutivo Federal el 11 de enero de 2008, y vigente a
partir del 23 de enero de 2009.
Sí,
el pueblo poderdante, porque democracia es demos, pueblo, y kratos, gobierno:
el predominio del pueblo en el gobierno político de un Estado. Y es por ello
que al respecto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
conforme al texto vigente de la última reforma publicada el 13 de noviembre de
2007 en el Diario Oficial de la Federación, se señala en el artículo 34
respecto a la ciudadanía, que son ciudadanos de la República los varones y
mujeres que teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los requisitos de
haber cumplido 18 años y que tengan un modo honesto de vivir: la ciudadanía
pobre y honrada que igual congrega prerrogativas democráticas, en respectivas
dos primeras fracciones del artículo 35, como son, efectivamente, la de votar
en elecciones populares, y, teóricamente, la de poder ser votada para todo
cargo de elección popular, ya que en la realidad esto no es posible si no está
alineada con algún partido político.
Corolario
En la rememoración
del 29 de enero de 1970, fecha a partir de la cual se consagró
constitucionalmente el derecho del voto a partir de 18 años, es público y
notorio que del incremento del padrón electoral los únicos beneficiarios son
los partidos políticos, y por eso ellos son los que tienen que festejarlo,
puesto que es de acuerdo a dicho padrón que se les asignan a cada uno de ellos
cuantiosos y correspondientes recursos del erario nacional, sin que importe
para ello el grado de abstencionismo en los comicios ni el número de votos
respectivamente obtenidos, ya que los votos acumulados electoralmente sólo
inciden en los puestos ganados y en la conservación o pérdida del registro como
partidos.
A
ello se debe el que se haya llegado a vivir una época peor, jamás imaginada por
la juventud estudiosa y los luchadores sociales de los años 60 y 70: la de
ahora, cuando es más difícil contexto del país y del universitario estudiante o
egresado, mayormente porque la decisión acertada para la vida nacional es
relegada por intereses partidistas, con miras siempre a lograr la supremacía en
procesos electorales, como ocurre por las próximas elecciones federales a
efectuarse el próximo 5 de julio de 2009, cuando sobre una nación asolada los
partidos políticos festivamente se repartan, con las diputaciones ganadas
mediante el voto mayoritario, o uninominales, las privilegiadas curules
gratuitas como son: las plurinominales, de los llamados diputados de partido, y
las diputaciones de representación proporcional, de las que respectivamente
gozan los partidos políticos desde 1963 y 1979, para desdoro de la democracia
mexicana. Ni más ni menos.
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