lunes, 14 de septiembre de 2015

Grito de Dolores del 15 de septiembre al margen de mandatos patrios y hechos históricos. Eduardo Garibay Mares. Cambio de Michoacán

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Grito de Dolores del 15 de septiembre, al margen de mandatos patrios y hechos históricos








Cambio de Michoacán

LUNES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2015 / AÑO 24 NÚMERO 7891 / MORELIA MICH. / DIRECTOR GENERAL VICENTE GODÍNEZ ZAPIÉN / 8 PESOS


Página 26 / OPINIÖN / LUNES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2015 / CAMBIO DE MICHOACÁN


Grito de Dolores del 15 de septiembre al margen de mandatos patrios y hechos históricos

Eduardo Garibay Mares

A Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos; a Salvador Jara Guerrero, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; y a los gobernantes estatales, municipales, y del Distrito Federal, en la nación, les presento la siguiente
Propuesta nacional para celebrar el 16 de septiembre el Grito de Dolores y no el día 15 cumpleaños de Porfirio Díaz
Se deseche el legado porfirista de realizar la ceremonia del Grito de Dolores el día 15, cumpleaños de Porfirio Díaz.
Se efectúe el 16 de septiembre la celebración conmemorativa del Grito de Dolores, día histórico en el que a partir de este 2015, a los respectivos vivas patrios expresados por los gobernantes, tanto en el país como en las ceremonias realizadas en el extranjero, el clamor de la gente les responda con impetuoso anhelo por un país mejor: ¡Viva México!
Grito de Dolores del 16 de setiembre de 1810
El Grito de Dolores por la independencia de México se dio en el amanecer el 16 septiembre de 1810, cuando la muchedumbre congregada en el atrio de la iglesia de Dolores coreó impetuosa el grito insurgente de: ¡Viva México! ¡Viva la Virgen de Guadalupe! ¡Muera el mal gobierno!, que el cura Miguel Hidalgo y Costilla exclamó con la determinación de iniciar ya la lucha armada para derribar al gobierno opresor de nativos indígenas, criollos y mestizos, y así quitar del poder a españoles que en el territorio europeo trataban además de entregar el reino hispano al imperialismo francés.
Así fue porque tras ser traicionada la Conspiración de Querétaro el día anterior, el 15 de septiembre de 1810, la corregidora Josefa Ortiz de Domínguez avisó la necesidad de anticipar el levantamiento armado programado para el siguiente 2 de octubre. Rebelión que le correspondió iniciar al cura Hidalgo al declarar, con el Grito de Dolores, la guerra de independencia contra el poder virreinal.
Lucha a la que se integró de inmediato la gente que en el pueblo de Dolores vivía atisbos de la anhelada libertad, igualdad y fraternidad, y que fue partícipe del hecho histórico gestado cuando, con urgencia, al acostumbrado repique de llamadas a misa dominical se sumó el vigoroso toque de la campana de la torre oriental de la iglesia, con el que Hidalgo convocó a gente del pueblo y rancherías aledañas.
Ceremonia constitucional del Grito de Dolores
Culminado oficialmente el fin de la guerra el 27 de septiembre de 1821 y consumada el siguiente día 28 la Independencia de México, fue mediante decreto del 27 de noviembre de 1823 que el 16 de septiembre se declaró fiesta nacional.
Al presidente Guadalupe Victoria le tocó efectuar la primera ceremonia del Grito de Dolores en 1825, año a partir del cual también se celebró luego dicho día con eventos que comprendían la realización, el día 15, de una verbena, esto es, la fiesta y feria al aire libre que suelen celebrarse la noche anterior a ciertas festividades.
Ceremonia del Grito de Dolores trasmutada al margen de la ley
Quien cambió lo mandado constitucionalmente fue el presidente Porfirio Díaz, al efectuar en la verbena del 15, que también era su cumpleaños, la ceremonia del Grito de Dolores que debe ser realizada el día 16, y también fue él quien introdujo en la ceremonia los gritados vivas, proferidos desde el balcón presidencial ante la gente que los coreaba congregada por la verbena en la plaza.
Es así que como inamovible evento oficial la transmutada festividad perdura efectuada el día 15 de septiembre en la noche, por sumisión a tal capricho porfiriano de parte de los respectivos gobernantes de la Federación, de los estados, de los municipios, y del Distrito Federal.
Conclusiones
Yerro del presidente Porfirio Díaz fue incumplir mandatos tanto de Sentimientos de la Nación proclamados por José María Morelos y Pavón, como constitucionales del México independiente, al cambiar arbitrariamente la celebración de la ceremonia del Grito de Dolores del 16 septiembre, para efectuarla a su capricho el 15, día de su cumpleaños.
Sin embargo, tal yerro continúa a la luz de tres siglos como culpa gubernamental, por el atavismo a celebrar tal fiesta porfirista que abusivamente alteró el día conmemorativo del principio de la lucha por la independencia de México, y que con flagrante necedad se celebra así en el país y en el extranjero, donde año tras año oficialmente realizan el Grito de Dolores al margen mandatos patrios y de hechos históricos fehacientes.
De ahí que dicha pérdida y trastoque de valores cívico-patrios y universales ejemplifiquen las arbitrariedades, equívocos y desvíos gubernamentales en lo económico, político y social; causas todas de que la crisis nacional se acreciente y devaste cada vez más a la República mexicana.
En espera de la debida atención y respuesta a la propuesta, es cuanto…



Respuesta de la Secretaría de Gobernación, SEGOB, a propuesta para festejar el Grito de Independencia el 16 de septiembre, presentada al Presidente de México Enrique Peña Nieto

Eduardo Garibay Mares
Respuesta de la Secretaría de Gobernación, SEGOB, a propuesta para festejar el Grito de Independencia el 16 de septiembre, presentada al Presidente de México Enrique Peña Nieto. Eduardo Garibay Mares
Octubre 6 de 2015
SEGOB
Secretaría de Gobernación
Asunto: Festejo del Grito de Independencia.
“Por lo antes expuesto, sugerimos respetuosamente que su propuesta sea dirigida a cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o al Congreso de su estado, aportando asimismo los elementos históricos suficientes que les permitan valorar la procedencia de su petición. Son estas instancias las que tienen atribuciones para realizar una reforma a la ley en comento”.







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